Para este año 2015 las cuantías del Salario Mínimo Interprofesioanl, tanto se traten de trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para el personal al servicio del hogar familiar, según lo establecido en el Real Decreto 1.106/2014, de 26 de diciembre, supondrán un aumento del 0,5% de los importes vigentes en el período enero-diciembre del ejercicio 2014.El salario mínimo interprofesional para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los empleados, queda fijado para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2015, en las siguientes cantidades:
Salario Mínimo 2015
648,60 euros/mes21,62 euros/día9.080,40 euros/anual |
Al SMI consignado se adicionará los complementos salariales a que se refiere el Art. 26.3 del ET, así como el importe correspondiente al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.Los trabajadores eventuales o temporeros, cuyos servicios a una empresa no excedan de 120 días, percibirán, conjuntamente con el salario mínimo la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho el trabajador, correspondiente al salario de 30 días en cada una de ellas, sin que en ningún caso la cuantía sea inferior a:
Salario Mínimo Profesional
30,72 eurosJornada Legal en la actividad |
Para los empleados de hogar que presten sus servicios por horas, las cuantías mínimas para este año 2015 se fijan en:
Salario Mínimo
5,08 euros/horaEfectiva de trabajo |
Les recordamos la necesidad de comunicar a nuestro Departamento Laboral culaquier variación que se efectúe en relación con la compraventa de acciones o participaciones, el cese, nombramiento o revocación en los órganos de administración y los cambios de domicilio, que efecten a los administradores, socios trabajadores en la sociedad mercantil, o trabajadores que sean familiares de personas con titularidad en el capital social de la compañía y con los que conviva. |
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