La Audiencia Provincial de Pontevedra ratifica la manutención para un perro tras el divorcio de una pareja.
La Audiencia Provincial de Pontevedra, en sentencia 526/2023 de 3 de noviembre ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 15 de Vigo, especializado en Familia, en la que se fijaba una pensión de 40 euros al mes para una mascota tras un divorcio.
LA SENTENCIA
- Establece un sistema de patria potestad y custodia compartida de los hijos con intercambios semanales.
- Fija la pensión de alimentos a cargo del padre y a favor de sus hijos en 150€ al mes (75€ por menor).
- Establece que el cuidado del perro, propiedad del matrimonio disuelto, recaerá en manos de la mujer.
- Los gastos extraordinarios y de veterinario de la mascota serán abonados por la mitad por ambos ex cónyuges.
- El ex marido contribuirá al gasto del animal con la suma de 40 euros al mes, pagaderos en los cinco primeros días de cada mes y actualizable conforme al IPC.
En el presente caso se trata de una mascota de edad avanzada y que necesita cuidados especiales.
¿QUIÉN SE QUEDA CON LA MASCOTA EN CASO DE DIVORCIO?
Con la reciente aprobación de la Ley de Bienestar Animal, se ha abierto una oportunidad más para incluir a las mascotas familiares en una demanda de divorcio, como animales a los que la ley dice que tenemos que cuidar, por lo que ambas partes deben colaborar para su sostenimiento.
La nueva ley facilita la custodia compartida en España, contemplándose en el convenio regulador, siendo la prioridad el acuerdo mutuo. Si no se produce, el juez tomará su decisión basándose en algunos de los siguientes criterios:
- Quién es el propietario de la mascota.
- Quién actúa como cuidador real de la misma.
- Quién dispone de más tiempo para su cuidado.
- Quién tiene mejores circunstancias para asegurar su bienestar.
- Si existen hijos menores, se tendrá en cuenta quién tendrá su custodia. Este criterio es uno de los más importantes porque se valora el vínculo afectivo creado entre los niños y las mascotas.
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