En ocasiones la confección de la Renta no se limita a la mera aceptación del borrador facilitado por la AEAT.
En las siguientes líneas ofrecemos unas pinceladas sobre las modificaciones normativas y resoluciones de Tribunales, así como doctrina administrativa, de aplicación para la Renta 2022
En nuestro despacho trabajamos a lo largo de todo el año en el análisis y aplicación práctica de todas las novedades que se producen.
Modificaciones Normativas con efectos 2022:
- Ley 12/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022: las aportaciones personales máximas pasan de 2.000 a 1.500. Incremento en las contribuciones empresariales.
- Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto de Plan de Recuperación: exención para ayudas públicas vinculadas a la rehabilitación de viviendas. Se amplía el horizonte temporal para aplicación de deducción hasta 31 diciembre 2023
- Ley 6/2023, de 17 de marzo: modifica la deducción por maternidad aplicable en los períodos 2020 a 2022. En concreto, se amplía la aplicación de la deducción por maternidad a las mujeres que a partir del 1 de enero de 2020 pasaron a encontrarse en situación legal de desempleo, en determinados supuestos.
- Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio: la ayuda de 200 euros para personas de bajos niveles de ingresos tributa como ganancia patrimonial.
- Ley 20/2021, Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022: el denominado “Bono Cultural Joven”, de un importe máximo de 400 euros, tiene la consideración de ganancia patrimonial en el importe que haya sido efectivamente utilizado por el beneficiario.
Novedades en Doctrina administrativa (consultas de la Dirección General de Tributos) y Resoluciones de Tribunales:
- Reducción por irregularidad en planes de pensiones: el TEAC ha establecido que sí es posible la aplicación de la reducción a las prestaciones de varios planes, percibidos en forma de capital y en varios ejercicios.
- Gastos de manutención de un abogado: requisito de correlación con la actividad, gasto realizado en un día laborable y prueba del medio electrónico de pago: criterios para la deducibilidad de gastos en ámbito de actividad profesional.
- Regularización de las cuotas del RETA satisfechas en el ejercicio anterior, prevista en el nuevo sistema de cotización: no procederá la presentación de una rectificación de autoliquidación o de una declaración complementaria respecto a la declaración realizada en dicho año anterior, en el caso de que de la regularización efectuada en el ejercicio siguiente resulte un importe adicional a satisfacer o un importe a devolver, respectivamente, en concepto de cuotas del RETA.
- Base de amortización de un bien heredado objeto de alquiler: se modifica criterio de amortización para estos inmuebles. Se recoge jurisprudencia del Tribunal Supremo.
- Gastos de reparación necesarios para volver a alquilar la vivienda y rentas impagadas judicialmente: se admite la deducción de gastos cuando existe expectativa de futuro arrendamiento.
- Aplicación del mínimo por discapacidad en el IRPF: se admite su aplicación mediante otros medios de prueba distintos de certificados o resoluciones expedidos por el IMSERSO o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas. Es posible aplicar la reducción en ejercicios anteriores al reconocimiento de la condición legal de la discapacidad siempre y cuando se pruebe que a la fecha del devengo concurrían las circunstancias que determinaron la posterior declaración de discapacidad.
- Tributación de los intereses de demora cobrados de la AEAT: se consideran ganancia patrimonial en la base general (no del ahorro). Supone un cambio de criterio.
- Reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias: abarca también a los supuestos de fijación mediante un convenio regulador formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o el notario, en virtud del régimen de separación o divorcio de mutuo acuerdo.
- Deducción por obras de rehabilitación energética: remisión a la norma en relación al cumplimiento de requisitos. La subvención no formará parte de la base de deducción.
- Cesión de vehículos a socios de la entidad: tributará como rendimiento del capital mobiliario, no siendo aplicable las reglas de valoración para las retribuciones en especie del trabajo.
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