El Tribunal Supremo considera al promotor responsable, aunque la demora en la entrega de la obra se deba a problemas administrativos.

Durante décadas las viviendas de una promoción inmobiliaria se han entregado más tarde de los plazos a los que se había comprometido la promotora o constructora. Los compradores asumían que los plazos eran “orientativos” y que los Tribunales toleraban los retrasos.

Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Supremo de fecha 25 de abril de 2018 considera que el retraso en la entrega de la vivienda a los compradores deja sin efecto el contrato con el promotor, aunque la demora se deba a problemas urbanísticos y administrativos que hayan surgido durante las obras.

Entre otros pronunciamientos, el Tribunal Supremo establece lo siguiente:

  • El promotor es un profesional de la construcción que debe conocer las dificultades y prever todas las circunstancias, asegurándose de poder cumplir sus compromisos.
  • No puede trasladarse al comprador las dificultades urbanísticas que surjan y paralicen la obra.
  • Es improbable la existencia de alguna causa de fuerza mayor en el ámbito de la construcción que justifique el retraso en la entrega de la vivienda.
  • El plazo de entrega es la obligación más esencial del vendedor, aunque deban concederse plazos prudenciales.
  • Resulta siempre recomendable pactar de forma expresa que la falta de entrega en el plazo acordado conceda al comprador el derecho de resolver el contrato. En estos casos, una vez incumplido el plazo por el vendedor, nace el derecho a la resolución sin entrar en otras valoraciones.

Conclusión

La crisis inmobiliaria ha provocado un incremento de retrasos en la entrega de las viviendas en las fechas pactadas. Si ha firmado un contrato de compraventa y no le han entregado el inmueble en el plazo previsto revise las condiciones para poder resolverlo.

En cualquier caso, aunque no estuviese previsto como cláusula resolutoria el retraso en la entrega, se podrá instar igualmente la resolución, ya que dicho incumplimiento provoca que se frustren las aspiraciones del comprador y le perjudique gravemente. En estos casos, resulta recomendable consultar a sus abogados de confianza.