Facilidades y mejoras para la concesión de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias.
El 15 de abril de 2023 entró en vigor la nueva Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento, aumentándolo de 30.000€ a 50.000 euros. El objetivo es ofrecer facilidades para el cumplimiento de las obligaciones tributarias dadas las dificultades económico-financieras de carácter transitorio, teniendo en cuenta el contexto económico derivado de la escalada de precios asociado a la invasión rusa.
Este límite de 50.000€, a raíz de la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública del 10 de junio (BOE), también se aplicará a los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas.
De manera complementaria, se han dictado dos nuevas instrucciones, 01/2023, de 31 de marzo, y la instrucción 2/2023, de 3 de abril, que ofrecen mejoras a la tramitación de aplazamientos y fraccionamientos, complementarias a la orden expuesta en el punto anterior, entre las que destacan las siguientes medidas:
- Flexibilización en los plazos máximos, se elevan de 12 a 24 meses para las personas físicas, y en el caso de las personas jurídicas pasan de 6 a 12 meses.
- Concesión del aplazamiento automática, se resuelven los expedientes en cuestión de segundos, por lo que si el solicitante esta suscrito al sistema de avisos de la Agencia Tributaria, se le remite un aviso de inmediato con la resolución de la solicitud.
- En los supuestos por encima de 50.000€ que requieren aportación de garantías, también ven mejorado su régimen jurídico:
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- Los plazos pasan de 36 a 60 meses, cuando se aporte aval bancario o seguro de caución
- Los plazos se elevan de 24 a 36 meses cuando se aporte garantía un inmueble urbano sin cargas.
La Agencia Tributaria calcula que estas medidas afectarán a 750.000 contribuyentes, que verán mejoradas y tendrán más facilidades para obtener aplazamientos y fraccionamientos de sus deudas tributarias.
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