Las cuantías del mínimo por descendientes deben revisarse cada ejercicio, ya que el borrador de la AEAT desconoce las posibles variaciones.En las siguientes líneas vamos a explicar los requisitos que deben cumplirse. Hay que tener en cuenta que la AEAT a posteriori cruzará la información para verificar la correcta aplicación.¿Qué debemos entender por descendiente?Por descendiente hay que entender quien lo sea en línea directa como hijo, nieto o biznieto, sea por naturaleza o adopción. No se aplica en la línea colateral como sobrino o sobrino-nieto. No lo son en caso de afinidad como descendientes del cónyuge: hijo, nieto. El descendiente puede estar casado.Se asimila a los descendientes aquellas personas vinculadas al contribuyente por razón de tutela o acogimiento.¿Qué requisitos deben cumplirse?

  1. Descendientes menores de 25 años, o con discapacidad cualquiera que sea su edad,
  2. siempre que conviva con el contribuyente. En caso de separación o divorcio, quien tenga la guarda y custodia de los hijos a fecha de devengo.
  3. y no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros. Deberán tenerse en cuenta todo tipo de rentas. Se deberán cuantificar por su importe neto.

No procederá aplicar el mínimo si el descendiente presenta declaración por este impuesto con rentas superiores a 1.800 euros. La exclusión tiene como fin evitar que una misma persona dé lugar a la aplicación de un mínimo personal en su propia declaración y un mínimo por descendientes o ascendientes en la declaración de sus parientes.¿Cuáles son las cuantías que pueden reducirse los contribuyentes en concepto de mínimo por descendientes?El mínimo por descendientes será de:

  • 2.400 euros anuales por el primero.
  • 2.700 euros anuales por el segundo.
  • 3.000 euros anuales por el tercero.
  • 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes.

Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo anterior se aumentará en 2.800 euros anuales. En el caso de adopción o acogimiento, dicho aumento se producirá con independencia de la edad del menor, en el período impositivo en que se inscriba en el Registro Civil y en los dos siguientes.¿En qué fecha se tienen que analizar las circunstancias familiares para aplicar el mínimo por descendientes?Como regla general, la fecha será el 31 de diciembre, que es la fecha de devengo del impuesto. Así, el año que cumple 25 años el descendiente no aplica el mínimo por este concepto.Si un descendiente convive con ascendientes con los que tiene diferente grado de parentesco ¿quién aplica el mínimo por descendientes? Ejemplo: nieto que convive con sus padres y abuelos.El mínimo por descendientes lo aplicarán los ascendientes de grado más cercano, en este ejemplo, los padres, salvo que estos no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, en cuyo caso corresponderá a los ascendientes del siguiente grado, los abuelos.Por convenio regulador aprobado en resolución judicial se establece que la guarda y custodia de los hijos comunes será compartida entre el contribuyente y su ex cónyuge. ¿Cómo se aplica el mínimo por descendientes?El mínimo por descendientes corresponderá a quién, según la sentencia de separación o el convenio regulador aprobado judicialmente, tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha de devengo del Impuesto, al tratarse del progenitor que convive con aquéllos, tanto en el periodo impositivo en que se dicte la resolución judicial como en los sucesivos.Procederá el prorrateo por partes iguales cuando la guarda y custodia sea compartida, con independencia de quién sea el progenitor con el que convivan a la fecha de devengo.Situaciones posibles en caso de separación o divorcio:

  1. El progenitor convive con el descendiente y satisface anualidades por alimentos por decisión judicial: Aplica mínimo por descendientes.
  2. El progenitor NO convive con el descendiente y satisface anualidades por alimentos por decisión judicial: Aplica anualidades por alimentos.
  3. El progenitor NO convive con el descendiente, NO satisface anualidades por alimentos por decisión judicial, pero el descendiente depende económicamente: Aplica mínimo por descendientes.