Los Autónomos, si quieren, ahora pueden cambiar su base de cotización hasta cuatro veces al año, por trimestres completos.
Los trabajadores Autónomos que, voluntariamente, deseen cambiar su base de cotización de la Seguridad Social con fecha de efectos del próximo 1 de julio de 2018, deberán presentar su solicitud ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, o ante la Administración que por domicilio le corresponda, como plazo máximo hasta del día
30 DE JUNIO DE 2018
El cambio anual de bases de cotización debe estar comprendido dentro de los límites legales de bases de cotización establecidas para este año 2018, pudiendo ser la base mínima o máxima de autónomos que corresponda, según la edad o tipo de Autónomo, o bien una base intermedia.
A modo informativo les detallamos los valores vigentes en la actualidad para el año 2018:
Base mínima |
Base máxima |
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Bases de cotización general R. Autónomo menores de 47 años a 1/1/2018 |
919,80 €/ mes |
3.751,20 €/mes |
Autónomos Societarios o Autónomos que hayan tenido contratados simultáneamente 10 o más trabajadores |
1.199,10 €/ mes |
3.751,20 €/mes |
Trabajadores con 48 años o más de edad a 1/1/2017 salvo cónyuge supérstite con 45 años o más de edad |
992,10 €/ mes |
2.023,50 €/mes |
Asimismo, existe la posibilidad de solicitar la revalorización automática de su base de cotización con arreglo al Índice de Precios al Consumo, establecido para cada ejercicio / trimestre.
Una vez solicitada esta opción, su base de cotización se irá revalorizando anualmente / trimestralmente (según modificaciones solicitadas), de manera que su base de cálculo se mantendrá actualizada para futuras prestaciones económicas que tenga derecho a percibir a cargo del Sistema de la Seguridad Social. Esta situación, se mantendrá mientras dure su situación de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos y, en su defecto, no se solicite un posterior cambio de la misma.
Los modelos de solicitud de cambio de bases de cotización, para poder proceder a su solicitud los pueden encontrar en el siguiente link: http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/TrabAutInfoGen2k9/SolCamBasesCoti2k9/index.htm
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