Bruselas denunció a España y otros países ante el Tribunal de Justicia de la UE por no haber trasladado la directiva europea a tiempo.
El 16 de febrero de 2023 el Congreso de los Diputados ha aprobado la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que traslada a la legislación española la directiva europea 2019/1937.
Esta Ley obliga a las Empresas y Administraciones Públicas a contar con un “canal ético o de denuncias”. Es decir, a proporcionar a los informantes un cauce preferente para comunicar las acciones u omisiones que constituyan alguna de las infracciones que la Ley recoge y un sistema para la protección de estos informantes, evitando represalias a los mismos y proporcionándoles las medidas de apoyo necesarias.
Estos sistemas o canales deben ser absolutamente respetuosos con la normativa sobre protección de datos y deben permitir preservar la identidad del informante y de las personas afectadas.
A pesar de que está pendiente su publicación en el BOE, conocemos ya su texto definitivo.
¿A quién afecta?
- En el ámbito privado, deben contar con un “canal de denuncias” todas las empresas que tengan contratados 50 o más trabajadores. También están obligados los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales y las fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos.
- En el sector público, están obligadas todas las entidades que lo integran. Por cuestiones de eficiencia, los municipios de menos de 10.000 habitantes podrán compartir el canal de denuncias entre sí o con cualesquiera otras Administraciones Públicas que se ubiquen en la misma comunidad autónoma.
¿Desde cuándo se aplica?
- En general, el sistema interno o canal de denuncias debe estar implantado desde los 3 meses siguientes a la entrada en vigor de la ley.
- Excepción: para las empresas con 249 trabajadores o menos y los municipios de menos de 10.000 habitantes, el plazo se extiende hasta el 1 de diciembre de 2023.
Infracciones y sanciones para las empresas obligadas
- La norma regula un sistema de infracciones y sanciones, destacando que el propio hecho de no contar con una canal de denuncias será considerado como infracción grave, que lleva aparejada una multa de 600.001 a 1.000.000 de euros (para personas jurídicas).
- Se prevé expresamente la extensión de las medidas de protección a las comunicaciones que hayan tenido lugar desde el 16 de diciembre de 2019, fecha de la entrada en vigor de la Directiva Whistleblower.
La denominada directiva whistleblower (informante en inglés) es un tema especialmente sensible estos días en Bruselas, que sigue recuperándose del escándalo de presunta corrupción en el Parlamento Europeo de países como Qatar o Marruecos, el denominado Qatargate, que estalló en diciembre pasado y que muchos consideran que se habría podido evitar si las instituciones europeas se aplicaran bien a sí mismas esta directiva de protección de los denunciantes.
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