A partir del 1 de enero de 2016 se han actualizado las bases de cotización máximas y mínimas, de los diferentes regímenes del sistema de la Seguridad Social.Para el régimen general (trabajadores por cuenta ajena), para los grupos de cotización entre el 1 y el 7 inclusive, se establece el tope máximo de cotización para este año 2016 de 3.642,00 euros, por lo que cualquier salario que supere esta cantidad, tan sólo cotizará por el importe mencionado.Así mismo, el tope mínimo de cotización es de 764,40 euros a excepción de los grupos de cotización 1, 2 y 3 que serían los siguientes: 1.067,40, 885,30 y 770,10 respectivamente.La cotización para los grupos de cotización diarios (8-11), se establece una base máxima diaria de 121,40 euros y una mínima de 25,48 euros.Respecto del régimen de trabajadores autónomos, la base máxima de cotización es de 3.642,00 euros y la mínima de 893,10 euros, aunque existen excepciones que se trataran con detalle en una próxima circular.Al mismo tiempo se han actualizado las pensiones en su modalidad contributiva, experimentando un incremento del 0.25% respecto del ejercicio anterior, aunque dicho incremento no podrá superar el límite máximo establecido para este año de 2.567,28 euros mensuales (35.941,92 euros/año).Como viene siendo habitual en estos últimos años, las bases de cotización se aumentan por encima de las revalorizaciones de prestaciones, en este caso, se han aumentado un 1%, frente al 0.25% de la revalorización de las pensiones.
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