Al comprar una vivienda de obra nueva pueden existir riesgos estructurales que están cubiertos por el Seguro Decenal.
El Seguro Decenal Obligatorio es el que deben contratar las constructoras y/o promotoras del edificio para responder de los daños y desperfectos que pueda tener la vivienda cuando finalicen las obras.
La existencia de este seguro da tranquilidad a los nuevos propietarios, pero hay ciertos aspectos que deben clarificarse para poder reclamar si surgiese algún problema.
¿Qué debo tener en cuenta?
- Al comprar una vivienda, el promotor, constructor, arquitecto y aparejador sólo responden durante tres años de los daños que pudieran afectar a la habitabilidad de la vivienda, y durante un año de los que se deban a elementos de terminación o acabado.
- Este plazo se cuenta desde el día en que el promotor firma el acta de recepción de la obra por entrega del constructor, no desde el día en que el ciudadano compra la vivienda. Los inmuebles embargados o comprados a promotores que hace más de tres años que los recibieron no tienen esta protección.
- El único seguro obligatorio es el decenal, y está regulado en el artículo 19 de la Ley 38/1999, de ordenación de la edificación (LOE).
¿Qué cubre el Seguro Decenal?
- Se trata de una garantía que protege al promotor o constructor y a los compradores de posibles problemas en una vivienda de obra nueva.
- Cubre daños producidos durante 10 años que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
- En caso de existencia de estos desperfectos, la compañía responde por el promotor e indemniza a los compradores.
- Los daños más frecuentes como son los de acabado o habitabilidad, no están cubiertos por el seguro decenal.
¿Y si compro una vivienda entregada hace más de tres años?
- Existe la posibilidad de exigir la intervención de una empresa externa al constructor y promotor que audite la construcción.
- Son las empresas de control técnico (OCT), que valorarán la construcción y emitirán un informe sobre buena la técnica constructiva y calidad de la edificación.
- La gran mayoría de las compañías de seguros sólo admiten emitir el seguro decenal si la obra la ha supervisado una OCT.
Resulta recomendable que antes de comprar o alquilar una vivienda de obra nueva se revise por un profesional el seguro decenal en el contrato de arras, compraventa o alquiler.
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