En este tipo de hipoteca el banco abona una renta mensual al cliente a cambio de su vivienda como garantía.
¿Qué es una hipoteca inversa?
- Su regulación viene recogida en la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, y se define como un crédito hipotecario del que el propietario de la vivienda realiza disposiciones periódicas, o de una sola vez, hasta un importe máximo.
- Cuando se alcanza dicho importe máximo, la persona deja de disponer de la renta y la deuda sigue generando intereses.
- La recuperación del crédito dispuesto más los intereses se produce cuando fallece el propietario, mediante la cancelación de la deuda por los herederos o la ejecución de la garantía hipotecaria por parte del banco.
Requisitos para contratarla
- El solicitante deberá tener una vivienda en propiedad y tener una edad igual o superior a los 65 años o afectada de dependencia o con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- El deudor dispondrá del importe del préstamo mediante disposiciones periódicas o únicas.
- La deuda sólo será exigible por el banco y la garantía ejecutable cuando fallezca el propietario.
- La vivienda hipotecada deberá tasarse y asegurarse contra daños de acuerdo con los requisitos que establece la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario.
¿Cuáles son sus ventajas?
- La persona mayor o dependiente conserva la propiedad y puede continuar viviendo en el inmueble e incluso transmitirlo por herencia, aunque con esa carga.
- La seguridad económica: la persona mayor o dependiente obtiene efectivo.
- La exención en el pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en las escrituras de estas operaciones.
- No se exige aval, ya que la vivienda es la garantía.
¿Y sus inconvenientes?
- La aplicación de un interés elevado, que va aumentando durante la vida del préstamo.
- Elevados gastos de formalización: comisión de apertura, notaría, registro y tasación, así como la suscripción del seguro de rentas vitalicias.
- La habitual no actualización con el IPC (pueden acordarse otras fórmulas).
- En ocasiones los bancos no aceptan inmuebles por debajo de un valor determinado o ubicados en zonas con un mercado inmobiliario inactivo.
En cualquier caso, se trata de un producto financiero complejo, con multitud de opciones y matices, por lo que siempre será recomendable el estudio previo de la operación por parte de sus asesores de confianza.
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