El Consejo de Ministros de 18 de mayo ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Servicios de Pago con importantes novedades.
Este anteproyecto deberá obtener los dictámenes correspondientes y volverá de nuevo al Consejo de Ministros para ser aprobado como Proyecto de Ley.
El referido documento transpone la Directiva europea 2015/2366 lo que va a suponer la introducción de varias novedades entre las que destaca la obligatoriedad de todo empresario o profesional, de ofrecer a los consumidores la posibilidad de utilizar algún instrumento de pago como alternativo al dinero en efectivo, en transacciones cuyo importe supere la cantidad de 30 euros.
El instrumento de pago disponible habrá de anunciarse en algún lugar visible del local, establecimiento o instalaciones.
Esta novedad supondrá un avance más en la lucha contra el fraude fiscal y supone que poco a poco nos vayamos acercando a la prohibición de pago en efectivo, como ya sucede en los países nórdicos.
Pero además de la introducción de esta opción de pago para los consumidores, la transposición de la directiva europea de servicios de pago supondrá:
- Que se reduzcan de 150 a 50 euros las pérdidas máximas que un cliente deberá asumir en caso de que se produzca una operación de pago no autorizada como consecuencia del uso fraudulento, extravío o robo de la tarjeta u otro instrumento de pago.
- Que se recorte el plazo de respuesta para la resolución por parte de las entidades de las reclamaciones de los usuarios de los 2 meses a 15 días.
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