Para mantener el régimen comunitario en caso de divorcio, es necesario comunicarlo a las autoridades y acreditar que se cumplen unos requisitos.

Una de las formas de obtener un permiso de residencia en España es a través del matrimonio, concretamente mediante dos formas:

  • Con un permiso de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea: al ser cónyuge de una persona española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • Mediante el reagrupamiento familiar: se puede obtener un permiso de residencia temporal si estás casado con un residente en España que ha residido un año como mínimo y ha obtenido permiso para residir al menos otro año, además de otros requisitos.

En estos casos, ¿qué pasa si después de obtener el permiso de residencia por el matrimonio te divorcias?  ¿se pierde la tarjeta de residencia comunitaria?

Todo dependerá de cada caso. Lo más probable es que se deba tramitar otro tipo de permiso de residencia.

No obstante, en el caso de que hayas estado casado con un nacional de la Unión Europea, hay una serie de excepciones en las que la residencia se conserva, y que se recogen en el artículo 9 del Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, el cual contempla los supuestos legales para conservar el derecho de residencia:

  • Duración de al menos tres años del matrimonio y que uno de estos años lo hayas pasado en España.
  • Otorgamiento por mutuo acuerdo o sentencia, de la custodia de los hijos del ciudadano comunitario al ex cónyuge que no sea ciudadano comunitario.
  • Existencia de circunstancias especialmente difíciles, tales como haber sido víctima de violencia de género o haber sido sometido por su cónyuge a trata de seres humanos durante el matrimonio.
  • En el caso de Resolución judicial o mutuo acuerdo entre las partes que determine el derecho de visita a un hijo menor común, cuando el menor resida en España.

Si no se cumple con estos requisitos, se deberá pedir la modificación del régimen comunitario y solicitar un permiso de residencia y trabajo. En el caso de que no trabajes, deberás acreditar que tienes un mínimo de recursos económicos para residir en España.

En todo caso, se mantendrá la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión que tengas concedida hasta que finalice su vigencia. Será en ese momento, cuando dicha tarjeta ya no otorgará derechos en régimen comunitario, aunque sí podrá hacerlo en el régimen general de extranjería, previo cumplimiento de los requisitos exigibles.