Un Juzgado de Segovia anula una multa impuesta a una conductora por llevar un radar en el coche, alegando que Tráfico no puede sancionar si no acredita que dicho aparato se estaba usando.El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Segovia ha considerado que llevar un detector de radar en el coche ya no implica multa segura tras anular la sanción de 200 euros y la retirada de tres puntos de carnet que habían impuesto a una conductora por llevar uno de estos dispositivos a bordo de su vehículo. Se hace necesario recordar que la DGT anunció en 2010 su intención de prohibir estos aparatos, medida que se hizo efectiva con la entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico.El fallo judicial indica que lo que es ilegal es utilizar un detector de radar, pero no llevarlo en el coche, asegurando que “la simple instalación de estos mecanismos no es una acción típica o antijurídica. Por ello la administración debe probar que la sancionada utilizó dicho detector, no simplemente la instalación”.Los hechos que dieron lugar a la anulación de la multa ocurrieron en agosto de 2015, cuando una conductora que circulaba a bordo de un turismo fue denunciada por una patrulla de la Guardia Civil, que “observó cómo en el retrovisor interior del turismo había un mecanismo de detección de radares, el cual iba en funcionamiento (…) ya que para activar el detector únicamente bastaba la puesta en marcha del vehículo accionando la llave de contacto.”Pues bien, la sentencia analizada establece que para poder multar en estos casos no es suficiente con que un agente de tráfico, que no es perito, afirme que el detector de radar se pone en funcionamiento al arrancar el vehículo, sino que es necesario demostrar que el aparato instalado realmente es capaz de detectar radares.En el caso analizado por la sentencia, la defensa de la conductora sancionada aportó un certificado de un laboratorio homologado de ensayos que acreditaba que el aparato no era un detector de radar, sino un dispositivo de ayuda a la conducción, circunstancia que a criterio del Juzgado resulta determinante para anular la multa.