Debido a la creación de nuevas aplicaciones y páginas web, la venta online de artículos de segunda mano cada vez es más común, pero ¿debo tributar por estas ventas?En parte, como consecuencia de la crisis que ha asediado nuestro país, y también a raíz del avance tecnológico que se ha producido tanto a nivel aplicaciones móviles como páginas web, se ha producido un gran aumento de la oferta y demanda de artículos de segunda mano en distintas plataformas: Wallapop, eBay, etc …La pregunta que desde el punto de vista tributario mucha gente se habrá hecho es el siguiente:¿DEBO TRIBUTAR POR ESTAS VENTAS?Para nuestra tranquilidad, la mayoría de las ventas de segunda mano online no se han de declarar en el IRPF.Para que sea obligatoria la declaración de la venta de estos artículos de segunda mano se ha de producir una ganancia patrimonial por parte del contribuyente. (Art. 33 y 34 L.IRPF)Entendemos por ganancia patrimonial, cuando el valor de transmisión (“venta”) es mayor a su valor de adquisición (“compra”). Siendo lo más común que ocurra lo contrario.FACTORES A TENER EN CUENTA:

  • En todo momento estamos tratando la venta esporádica de artículos de segunda mano propiedad del contribuyente. Si dicha actividad tuviera una habitualidad buscando un beneficio económico en las transacciones o se tratara de una actividad de intermediación, estaríamos hablando de actividades económicas y tributarán como tales.
  • No se considerarán pérdidas patrimoniales las que se hayan debido al consumo.