Sin ningún requisito para aquellas aportaciones que superen los 10 años.
Con la aprobación del Nuevo Reglamento BOE-A-2018-1832 Real Decreto 62/2018 de 9 de febrero los planes de pensiones están cerca de vivir un cambio importante. El objeto de esta norma es revisar a la baja las comisiones máximas de gestión y a su vez elevar la liquidez de esta alternativa de ahorro.
Hasta ahora, solo era posible disponer del dinero ahorrado en el momento de la jubilación o si tenían lugar otras contingencias consideradas excepcionales, como por ejemplo desempleo de larga duración, enfermedad grave o riesgo de desahucio.
Pero, ¿qué nos dice esta Ley? que a partir de 2025 se podrán recuperar las aportaciones y los rendimientos generados por planes de pensiones que tengan al menos diez años de antigüedad. Es decir, que los titulares de planes de pensiones podrán rescatar en 2025 las aportaciones hechas hasta 2015 y los rendimientos generados si los hubiera; en 2026, lo aportado y sus rendimientos hasta 2016 y así, sucesivamente, cuando las aportaciones vayan cumpliendo diez años. La nueva ley permite recuperar el dinero sin ninguna limitación y sin necesidad de que concurra alguna situación excepcional.
¿Qué otro beneficio aporta? Menos comisiones. Incluye una reducción de las comisiones máximas que se pueden llegar a cobrar por este tipo de productos financieros. Hay tres tipos de comisiones: una comisión máxima que pasa del 1.5% al 0,85% para los fondos de renta fija, del 1.5% al 1,30% para los planes mixtos y 1,50% en el caso de los fondos de renta variable que se mantiene invariable con respecto al tope de comisión tradicional.
Esta reducción de costes supondrá sin duda, una mayor rentabilidad para los partícipes de los planes de pensiones, sobre todo aquellos que cuenten con un plan de renta fija.
¿Qué pasa con los impuestos? Estos se mantienen. Los impuestos que habrá que pagar al recuperar el plan de pensiones no cambian con la nueva ley. Por tanto, los ahorradores abonarán los mismos impuestos que hasta ahora, aunque opten por rescatar su plan de pensiones antes de jubilarse. En este sentido, es muy importante analizar cuál es el mejor momento de obtener el dinero para que el impacto fiscal sea el menor posible, teniendo en cuenta que dicha cuantía tributa como rendimiento del trabajo.
Aun así, es recomendable analizar cuál es la mejor opción de recuperar un plan de pensiones según las necesidades personales y sobre todo económicas. Es preciso valorar los efectos de obtener todo el capital de una vez o bien obtener una renta mensual hasta completar el total.
Finalmente, para recuperar el plan de pensiones simplemente bastará con ponerse en contacto con la compañía aseguradora o entidad gestora para solicitar la cancelación del del mismo. Con esta nueva ley no será necesario alegar ninguna justificación ni aportar ningún documento.
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