Los trámites para recibir una herencia no tienen por qué ser complejos. Pero es necesario conocerlos bien para ahorrar tiempo.

 Si la herencia a repartir es fundamentalmente dinero o productos financieros, habrá que realizar las gestiones oportunas con el banco. Por ello resulta aconsejable que los herederos tengan presente algunas cuestiones esenciales para poder cobrar del banco el dinero heredado.

 

¿CÓMO SABER SI EL DIFUNTO TENÍA DINERO EN EL BANCO?

  • Si conocemos la entidad bancaria con la que operaba el difunto, lo mejor será acudir al banco para que puedan concretarnos si tenía dinero o productos financieros.
  • Si desconocemos con qué bancos trabajaba, existe la posibilidad de solicitar a la Agencia Tributaria sus datos fiscales donde aparecerá la información acerca de sus cuentas bancarias y otros productos.

 

¿QUÉ INFORMACIÓN DEBEN PROPORCIONAR LOS BANCOS AL HEREDERO?

  • Los herederos pueden solicitar al banco el certificado de posiciones bancarias del fallecido para que certifique la titularidad y saldos de los productos que el difunto tenía contratados a su fallecimiento. Este documento es indispensable para que los herederos puedan liquidar el Impuesto de Sucesiones, que deberá efectuarse en el plazo de seis meses desde la fecha de defunción.
  • Es posible obtener del banco los movimientos de las cuentas bancarias durante el año inmediatamente anterior al fallecimiento del titular y también los posteriores a esa fecha, por si hubiese habido algún movimiento extraño.
  • Para obtener la información mencionada, los solicitantes deberán acreditar al banco su condición de herederos, facilitando copia del certificado de defunción del difunto, del certificado de últimas voluntades, así como una copia autorizada del último testamento. En caso de que el fallecido no hubiese otorgado testamento, deberá aportarse la llamada “declaración de herederos ab intestato”.

 

¿PUEDE EL BANCO COBRAR COMISIONES POR ESTOS TRÁMITES?

  • Según el criterio del Banco de España, se considera contrario a las buenas prácticas y usos financieros que el banco cobre una comisión por la emisión del certificado de saldos o posiciones, al tratarse de un documento necesario para que los herederos cumplan con sus obligaciones tributarias. A pesar de ello, en la práctica la mayoría de entidades bancarias cobran una comisión por emitir este documento.
  • Tampoco deberían cobrar comisión los bancos en relación al llamado expediente de testamentaría que resulta necesario para que los herederos puedan acceder a los fondos depositados, o para cambiar la titularidad de los productos financieros que tenía el difunto.

 

¿ES NECESARIO IR AL NOTARIO PARA COBRAR EL DINERO DEL BANCO?

  • Si el patrimonio del difunto está formado sólo por dinero, acciones, o productos financieros, no será necesario ir al notario para aceptar y repartir la herencia. El reparto podrá realizarse en un documento privado llamado cuaderno particional, donde se detallará el inventario de esos bienes y las adjudicaciones a cada uno de los herederos.
  • Conviene tener presente que las entidades bancarias antes de adjudicar a los herederos los saldos del difunto, exigen que estos acrediten el pago del impuesto de sucesiones o la presentación de la autoliquidación declarando prescrito el impuesto. Y ello porque tienen la condición de responsables subsidiarios del pago del impuesto en las herencias.

 

¿CUÁNDO PODREMOS COBRAR EL DINERO HEREDADO?

  • Una vez aportados todos los documentos referidos en los anteriores apartados, el banco deberá poner a disposición de los herederos los saldos del fallecido, respetando las adjudicaciones establecidas y ofreciendo el pago, ya sea mediante cheque, transferencia, etc. Los herederos también podrán solicitar el cambio de titularidad de la cuenta del fallecido a su favor o solicitar que ésta se cancele.
  • No existe un plazo determinado para la tramitación de los expedientes de testamentaría por los bancos y lo habitual es que no se demoren en exceso.

 

No obstante, cada asunto tiene una particular problemática que debe ser analizada caso por caso, por lo que siempre resulta recomendable recurrir al asesoramiento de profesionales.