Los Tribunales están empezando a limitar la duración de la pensión compensatoria en función de causas surgidas con posterioridad al momento en que se estableció.

Hasta la fecha, la pensión compensatoria que regula el artículo 97 del Código Civil, se limitaban temporalmente en función de los acuerdos alcanzados en el convenio de divorcio o bien en sentencia judicial en la que el Juez establecía su duración en base a las circunstancias personales de las partes.

Pero también es cierto que existían pensiones compensatorias indefinidas que solo se extinguían con el fallecimiento de la persona que la venía percibiendo.

Ahora, los Tribunales están procediendo a suprimir la pensión compensatoria, aunque sea indefinida si se modifican las circunstancias personales, en este caso, de la beneficiaria.

Así, la Audiencia Provincial de Málaga, Sección 5ª, en su Sentencia núm. 574/2021, de fecha 30 de septiembre de 2021, ha extinguido la pensión compensatoria que venía recibiendo la excónyuge.

El supuesto de hecho consiste en una mujer a la que al divorciarse se le concedió el derecho a percibir una pensión compensatoria.

Con el paso del tiempo sus circunstancias personales variaron ya que la beneficiaria de la pensión encontró trabajo.

El exmarido presentó demanda de modificación de medidas y solicitó la extinción de la pensión compensatoria ya que al trabajar la exesposa ya no existía causa para abonarla.

En un primer momento el Juzgado de Primera Instancia Núm. Cuatro de Málaga, desestimó la modificación solicitada y el exmarido recurrió la sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga

La citada Audiencia Provincial estimó íntegramente la modificación solicitada y extinguió la pensión compensatoria al entender que como la beneficiaria había encontrado trabajo y por lo tanto tenía ingresos económicos, no se daban los requisitos necesarios para mantener la pensión compensatoria.

Pero, además, la Audiencia Provincial va más allá y condena a la exmujer a devolver al hombre las cuantías percibidas en ese concepto desde que éste interpuso la demanda de modificación de medidas.